La cláusula de prevalencia del artículo 93 de la Constitución Colombiana: Indagando las posturas en la Asamblea Constituyente
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URI: http://hdl.handle.net/10818/36203Compartir
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Gómez Ortiz, Luis AlbertoFecha
2019-06-13Resumen
La Corte Constitucional, desde sus inicios, ha intentado dar solución a la tensión existente entre derecho interno y derecho internacional, la cual se presenta cada vez que requiere pronunciarse sobre situaciones de derechos humanos que exigen la aplicación de la cláusula contenida en el artículo 93 de la Constitución Política. Para ello, dicho Tribunal ha adoptado diversas teorías a lo largo de su desarrollo jurisprudencial, siendo la última y actualmente vigente, la del monismo moderado de Alfred Verdross, la que, a juicio de la doctrina, tampoco logra su objetivo de conciliar el derecho internacional con el local. Por ende, el presente artículo investigativo se encargará de indagar por la postura teórica a la cual se adscribió el constituyente de 1991, posición que podrá ser utilizada como argumento histórico y criterio hermenéutico válido, para averiguar el sentido decisivo del artículo 93 constitucional. Para tal efecto, se estudiaran en primer lugar las teorías clásicas del monismo y dualismo, así como la del monismo moderado, con las cuales se ha buscado explicar la tensión normativa entre derecho internacional y derecho interno; posteriormente, se analizaran las intervenciones de los integrantes de la comisión primera que participaron en las discusiones sobre principios, derechos, deberes, garantías y libertades fundamentales, en desarrollo de las cuales se hizo alusión a la relación derecho interno y derecho internacional de los derechos humanos. Finalmente, se demostrará con apoyo de las teorías clásicas, como eje conceptual, que pese a que el constituyente en el artículo 93 de la Constitución Política, dejó plasmada la prevalencia de los tratados y convenios internacionales de derechos humanos en el orden interno, no atribuyó dicha cláusula a ninguna de las teorías aquí analizadas, lo cual, permitirá concluir que el artículo 93 de la Constitución.