Prescripción de la acción respecto del seguro de responsabilidad civil extracontractual modalidad ocurrencia
Enlaces del Item
URI: http://hdl.handle.net/10818/2893Compartir
Estadísticas
Ver Estadísticas de usoMétricas
Catalogación bibliográfica
Mostrar el registro completo del ítemAutor/es
Prada Cala, Aura MaríaAsesor/es
Isaza Posse, María CristinaFecha
2012-07-09Resumen
Este trabajo se enmarca dentro de los aspectos más relevantes del tema de la prescripción de las acciones que se derivan del contrato de seguro las cuales son: ordinaria y extraordinaria, la primera es de dos años y empezará a correr desde el momento en que el interesado haya tenido o debido tener conocimiento del hecho que da base a la acción, la segunda, es de cinco años y corre contra toda clase de personas y empezará a contarse desde el momento que nace el derecho; así mismo, se enfatiza en el termino a partir del cual corre la prescripción para la víctima y asegurado en el seguro de responsabilidad civil extracontractual modalidad ocurrencia.