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dc.contributor.authorHurtado Lozano, Mónica
dc.contributor.authorIranzo, Ángela
dc.date.accessioned2016-09-13T20:19:38Z
dc.date.available2016-09-13T20:19:38Z
dc.date.issued2015
dc.identifier.isbn978-958-774-148-3
dc.identifier.otherhttps://publicaciones.unisabana.edu.co/publicaciones/publicaciones/derecho-y-ciencias-politicas/miradas-criticas-sobre-la-trata-de-seres-humanos/
dc.identifier.otherhttps://search.ebscohost.com/login.aspx?direct=true&db=cat06493a&AN=sab.000256876&lang=es&scope=site&AuthType=ip,guest&custid=s9495846&groupid=main&db=
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10818/26774
dc.description1 documento en PDF de 30 páginases_CO
dc.description.abstractExiste consenso sobre la trata de personas como una práctica humana inaceptable que, al igual que la desaparecida institución jurídica de la esclavitud, consiste en el control absoluto de los seres humanos, de sus cuerpos como seres biológicos y sociales para explotarlos económicamente. En realidad, como dice Kevin Bales (2000), “la esclavitud nunca ha desparecido, sino que ha cambiado de forma”. Sin embargo, pese a este sentir general, identificar, experimentar, enfrentar o juzgar la trata en un contexto determinado exige ineludiblemente representarla; esto es, construirla socialmente. Es necesario seleccionar los hechos constitutivos de lo que aquella es y determinar quiénes la sufren y quiénes la perpetran, así como establecer acuerdos sociales mínimos, explícitos o implícitos, sobre sus causas y formas de combatirla. Colombia fue uno de los primeros países de América Latina que abordó la trata de personas y la convirtió en un tema de la agenda política estatal. El país se enfrentó a un temprano ejercicio de representación de un fenómeno complejo. Su tratamiento se fue moldeando, en primer lugar, a través de la norma jurídica. Se recogió primero en el artículo 17 de la Constitución de 1991 —“se prohíben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas”—; luego se le dio desarrollo legislativo en términos penales —Ley 559/2000 y Ley 747/2002— y en 2005 —una vez ratificado el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, de la Organización de las Naciones Unidas (onu)— el Estado colombiano promulgó una ley integral —Ley 985—, por la cual se adoptan medidas contra la trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas de esta.es_CO
dc.description.tableofcontentsI. El Paradigma Víctima Inocente-Depredador Violento || Ii. Las Causas De La Trata: Pobreza, Desarrollo Y Globalización || Iii. La Eficacia De La Lucha Antitrata: La Medición Del Éxitoes_CO
dc.language.isospaes_CO
dc.publisher
dc.publisherUniversidad de La Sabanaes_CO
dc.relation.ispartofseriesBib Central 2do piso
dc.relation.ispartofseriesEncuéntralo como... 364.137 M671
dc.relation.ispartofseriesEstado: General
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.sourceUniversidad de La Sabana
dc.sourceIntellectum Repositorio Universidad de La Sabana
dc.subjectTráfico ilegal de personases_CO
dc.subjectTrata de personas -- Prevenciónes_CO
dc.subjectViolación de los derechos humanoses_CO
dc.titleMiradas críticas sobre la trata de seres humanos : diálogos académicos en construcciónes_CO
dc.typeBook chapteres_CO
dc.publisher.departmentDirección de Publicaciones
dc.type.hasVersionpublishedVersion
dc.rights.accessRightsopenAccess
dc.identifier.doi10.7440/2015.04


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