La dignidad humana como límite al ius puniendi. La jurisprudencia del tribunal constitucional de Chile
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URI: http://hdl.handle.net/10818/35863Visitar enlace: http://dikaion.unisabana.edu.c ...
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Visitar enlace: https://orcid.org/0000-0002-68 ...
ISSN: 2027-5366
DOI: 10.5294/dika.2019.28.1.2
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2019Resumo
En este artículo se expone la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Chile en materia de dignidad humana con valor fundamental del orden constitucional chileno, y la manera como lo instituye con un límite al ius puniendi estatal. Se exponen textos doctrinales, tanto nacionales como extranjeros, en torno a la noción de dignidad humana y su forma de incorporación en los ordenamientos constitucionales, específicamente en la Constitución chilena. Del mismo modo, se analiza la jurisprudencia del Tribunal, para indagar la idea de dignidad humana que posee, y la manera y los alcances en su aplicación. El Tribunal considera la dignidad humana como una condición intrínseca del ser humano, de la cual se colige un deber de respeto y de consideración, principalmente del Estado. La circunstancia del reconocimiento constitucional de la dignidad lleva a estimarla como la base del orden político y social en el contexto de un Estado democrático de derecho, de lo cual se derivan y concretan en el orden del derecho punitivo una serie de principios, como la presunción de inocencia, el principio non bis in idem, el principio de culpabilidad y el de proporcionalidad de las penas, los cuales necesariamente limitan el derecho penal subjetivo del Estado.