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dc.contributor.authorOlano García, Hernán Alejandro
dc.date.accessioned2016-12-01T19:29:51Z
dc.date.available2016-12-01T19:29:51Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10818/28942
dc.description8 páginases_CO
dc.description.abstract¿Cuándo surgió la profesión de abogado? Es una pregunta que muchos se hacen y sobre la cual abundan los chistes que denigran de la profesión y que son los que ponen a estos profesionales en la boca de muchos al nivel de los pícaros y todo tipo de bandidos. Incluso, algunos definen al abogado como “persona ilustrada que rescata lo que os han robado vuestros enemigos, para quedárselo él”. La Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, recogiendo la tradición jurisprudencial de dicha Corporación, destacó que: El abogado es, por regla general, el conducto que consideró idóneo el constituyente para que los particulares accedieran a la administración de justicia a efectos de reclamar una resolución o decisión judicial sobre sus Derechos o intereses, razón suficiente para entender que la actividad del abogado debe ser sumamente celosa en lo que a la representación de intereses ajenos se refiere.es_CO
dc.formatapplication/pdfes_CO
dc.language.isospaes_CO
dc.publisherUniversidad de La Sabanaes_CO
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectFilosofía jurídicaes_CO
dc.subjectDerecho -- Filosofíaes_CO
dc.subjectEtica y derechoes_CO
dc.titleLa ética del abogadoes_CO
dc.typepreprintes_CO
dc.type.hasVersionpublishedVersiones_CO
dc.rights.accessRightsopenAccesses_CO


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