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dc.contributor.advisorBallesteros Beltrán, María Isabel
dc.contributor.authorRodriguez Gutiérrez, Laila Ximena
dc.date.accessioned2012-06-28T16:57:31Z
dc.date.available2012-06-28T16:57:31Z
dc.date.created2009
dc.date.issued2012-06-28
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10818/2791
dc.description.abstractFuente de la sociedad es la voluntad de asociarse, sin embargo el marco normativo del Estatuto Mercantil se caracteriza por ser un conjunto de normas imperativas y rígidas que obstaculizan la expresión de dicho ánimo. Dada la inconveniencia de dicho régimen, surge la Ley 1258 de 2008 como avance y adaptación legislativa a las tendencias contemporáneas mundiales, cuyo fundamento principal es dar aplicación a la autonomía de la voluntad, tan importante para el derecho privado, en procura de facilitar las relaciones comerciales. Muestra de esa flexibilidad es el objeto indeterminado en virtud del cual los negocios sociales no podrán impugnarse por falta de capacidad respecto de actos que rebasen los límites impuestos por su objeto social si fuese especializado.es_CO
dc.language.isospaes_CO
dc.sourceIntellectum Repositorio Universidad de la Sabana
dc.sourceinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.subjectDerecho comerciales_CO
dc.subjectDerecho mercantiles_CO
dc.subjectDerecho civiles_CO
dc.titleEl objeto indeterminado en la sociedad por acciones simplificada frente a los entes de control en Colombiaes_CO
dc.rights.accessRightsrestrictedAccesses_CO


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