La defensa de la vida humana en Colombia: una visión laica, jurídica y cultural
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URI: http://hdl.handle.net/10818/13980Visitar enlace: http://personaybioetica.unisab ...
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2005Resumen
The author exposes the motives leading him to request the Constitutional Court to reject the petition for unconstitutionality of article 122 of the Colombian Criminal Code [“Código Penal Colombiano”] because he deems it res judicata in Judgment [“Sentencia”] C-133 of 1994 in force. And he discusses why the plaintiffs are wrong when they base the concept of violation [of rights] on the clarifications or waivers of vote, arguing the lack of binding force of this concept as to make a new revision effective. He exposes the Colombian people’s voluntary rejection of abortion from the early indigenous tradition through our modern times, the 1991 Constitution, the Criminal Code and Court judgments. He acknowledges that the recommendations of the Follow-Up Committees of International Human Rights Treaties are, neither in fact or de jure, a source of international law nor legally binding. Passing abortion would be just like rating certain fellow human beings as “things” and going against a jus cogens rule. Los autores exponen los motivos por los que solicitó a la H. Corte Constitucional el rechazo de la demanda de inconstitucionalidad del artículo 122 del Código Penal Colombiano, porque la considera cosa juzgada en la Sentencia vigente C-133 de 1994, y argumenta por qué no tienen razón los demandantes al basar el concepto de violación en las aclaraciones o salvamentos de voto, por su falta de fuerza vinculante para hacer efectiva una nueva revisión. Expone el rechazo voluntario del pueblo colombiano al aborto, desde la tradición indígena hasta la Constitución de 1991, el Código Penal y las sentencias de la Corte, y reconoce que las recomendaciones de los Comités de Seguimiento de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos no son, de hecho ni de derecho, fuente de derecho internacional, ni tampoco pueden ser vinculantes jurídicamente. Aprobar el aborto sería calificar a algunos congéneres como cosas e ir contra norma de ius cogens.
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Ubicación
Persona y Bioética; Vol 9, No 1 (2005)