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dc.contributor.authorAngarita, Regina
dc.date.accessioned2023-04-27T20:56:02Z
dc.date.available2023-04-27T20:56:02Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.issn2344-8180
dc.identifier.otherhttps://www.unisabana.edu.co/fileadmin/Archivos_de_usuario/Imagenes/Imagenes_Programas/Imagenes_Posgrados/Facultad_de_Derecho/Revistas_cientificas/Rev_DISSERTUM_No_23.pdf
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10818/55002
dc.description18 páginases_CO
dc.description.abstractLa concesión de amnistías como forma de impunidad ha puesto en riesgo la real y efectiva justiciabilidad de los derechos de las víctimas. En algunas ocasiones, se trata de una impunidad que se deriva de la no posibilidad de caracterizar puntualmente el daño en las víctimas y de la no simplificación en ciertos procesos que termina ralentizando el acceso a la justicia. Sin embargo, esto no debería ser óbice para justificar el círculo de impunidad continuo. De esta forma, se ha hecho necesario cuestionarse hasta qué punto los diseños institucionales de los Estados demarcan ciertas prácticas y patrones para, por un lado, garantizar la protección de las víctimas y, por otro lado, entender el ejercicio legítimo del castigo desde una función social. Esto, entendiendo la función social de la pena como un modelo legitimo para sancionar respecto de la metodología empleada para la prevención del delito y la participación ciudadana en la forma de entender las dinámicas sociales. Es decir, la función social entendida desde la prevención y readaptación y no tanto desde la sanción per se. Así, se generan dinámicas particulares en torno a (i) la competencia punitiva de los Estados en el marco de una democracia, (ii) las distintas formas de garantizar una real justiciabilidad de los derechos de las víctimas y (iii) las cortinas de humo de “reconciliación” generadas ante la comunidad internacional en períodos de transición política. En este sentido, los argumentos de misericordia o piedad frente a quienes han cometido gravísimas violaciones de DD.HH no tendrían por qué tener cabida en un contexto en el que es evidente que las transiciones políticas terminan estimulando aún más la impunidad tan incesante que aqueja a diferentes Estados.es_CO
dc.formatapplication/pdfes_CO
dc.language.isospaes_CO
dc.publisherUniversidad de La Sabanaes_CO
dc.relation.ispartofseriesDisêrtum Edición Número 23 Enero - Noviembre 2022. páginas 5-22
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subject.otherAmnistíaes_CO
dc.subject.otherImpunidades_CO
dc.subject.otherVíctimases_CO
dc.subject.otherTransición políticaes_CO
dc.subject.otherDemocraciaes_CO
dc.subject.otherDerechos humanoses_CO
dc.titleEntre la pena aleccionadora y la perversa impunidad: ¿Es la transición una justificación para la concesión de amnistías? una liberación trastornadaes_CO
dc.typejournal articlees_CO
dc.type.hasVersionpublishedVersiones_CO
dc.rights.accessRightsopenAccesses_CO


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