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La religión en la razón pública, de Iván Garzón Vallejo

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URI: http://hdl.handle.net/10818/64179
Visitar enlace: https://publicaciones.eafit.ed ...
DOI: 10.17230/CO-HERENCIA.13.25.10
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Autor
Benítez R., Vicente F.
Data
2016-12-13
Resumo
A partir de la expedición de la Constitución Colombiana en 1991 y de su desarrollo jurisprudencial temprano (Corte Constitu-cional, 1993 y 1994), es usual afirmar que Colombia es un Estado laico. Así las cosas, algunos sostienen que gracias a la nueva Carta Política todas las confesiones religiosas son iguales y, como conse-cuencia de ello, el catolicismo ya no cuenta con una posición pri-vilegiada en el ámbito público debido a que el Estado debe obrar basado en el principio de neutralidad religiosa (Quinche, 2009: 48-49; García-Jaramillo, 2013: 428 y Beltrán Cely, 2013: 62). A la vez, como acertadamente lo ha expresado la misma Corte, esto no quiere decir que el fenómeno religioso no sea valioso en sí mismo y que no merezca una protección estatal reforzada (Corte Constitucional, 2002).
Palabras clave
Razón pública
Estado laico
Constitución Colombiana 1991
Neutralidad religiosa
Confesiones religiosas
Jurisprudencia
Corte Constitucional
Ubicación
Co-Herencia, 13(25), 285–290
Colecciones a las que pertenece
  • Facultad de Derecho y Ciencias Políticas [230]

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