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dc.contributor.advisorDevis Morales, Eduardo
dc.contributor.authorChastanet Ruiz, Brigitte
dc.date.accessioned2013-01-23T22:18:37Z
dc.date.available2013-01-23T22:18:37Z
dc.date.issued2001
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10818/5330
dc.description.abstractLa posesión romana, engendró la posesión tal como la entiende la legislación Colombiana, es decir, el poder físico ejercido sobre una cosa acompañada de la voluntad de poseer. La posesión inscrita de bienes inmuebles no puede prevalecer sobre la posesión material, siendo la inscripción una simple forma de tradición del derecho real inmueble con la que no se pueden afectar los derechos del propietario, los cuales solo pueden extinguirse por prescripción. Por tanto, la posesión inscrita en Colombia no existe como posesión efectiva de la cosa, por lo que nuestros jueces hoy día hacen prevalecer la aplicación del artículo 981 sobre el 980 del Código Civil colombiano, es decir que la posesión debe acreditarse mediante actos materiales.es_CO
dc.language.isoeses_CO
dc.subjectInvestigación jurídicaes_CO
dc.subjectPosesión (Derecho)es_CO
dc.subjectDerecho civiles_CO
dc.subjectBienes raíceses_CO
dc.subjectTenencia de la tierraes_CO
dc.subjectDerecho de propiedades_CO
dc.titleInvestigación jurídica dirigida sobre la existencia y aplicación de la posesión inscrita en Colombiaes_CO
dc.typeThesises_CO


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