Responsabilidad médica en ginecobstetricia jurisprudencia y doctrina
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URI: http://hdl.handle.net/10818/2789Compartir
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Molina Palacios, RobertoData
2012-06-28Resumo
Antes de la Constitución Nacional de 1991, la responsabilidad médica era tratada bajo un régimen de culpa probada, por tanto la víctima debía probar la culpa del médico, el daño y la relación causal entre estas dos, de tal suerte que en muchas ocasiones ante la dificultad probatoria de los demandantes, estos eran victimizados nuevamente por la impunidad en el tema. Una vez entrada en vigencia nuestra actual Constitución, el Consejo de Estado colombiano comenzó a legislar sobre la responsabilidad médica bajo los parámetros de antaño, sin embargo, con el avance de la tecnología y el surgimiento de nuevos tratamientos, fue necesario un cambio de mentalidad para proteger a las víctimas de las fallas en la prestación del servicio médico.