Los daños morales en la persona jurídica del estado
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URI: http://hdl.handle.net/10818/16723Compartir
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2015-07-06Resumo
Al hablar de daños extrapatrimoniales se encuentra gran dificultad frente a su reconocimiento y tasación, de igual forma, no es fácil el camino y ha sido objeto de discusión cuando de personas jurídicas se trata, debido a que, a la persona jurídica no se le puede atribuir elementos intrínsecos y característicos del ser humano, como la alegría, el dolor físico o síquico, el padecimiento, etcétera; sin embargo, a las personas jurídicas, particularmente, las de derecho público, se les ha reconocido algunos atributos de la personalidad, lo que ha permitido que el Estado pueda ejercer su derecho a ser indemnizado o compensado por perjuicios extrapatrimoniales.