%0 Thesis %A Forero Prieto, Carlos Hernando %A Delvalle Chacón, Mauricio Andrés %8 2013-01-28 %U http://hdl.handle.net/10818/5409 %X Las obligaciones puras y simples sn auellas que producen sus efectos desde que se contraen sin restricciones y limitaciones de ninguna clase. Las obligaciones sujetas a modalidad se dividen en tres grupos: condicion, plazo y modo. Las obligaciones condicionales son hechos futuros e inciertos del cual depende el nacimiento, la modificación, o la extinción de una obligación, destacándose la condición suspensiva, la condición resolutoria y el pacto omisorio. Las obligaciones a plazo, tiene como fin el acontecimiento de una fecha para el cumplimiento de la obligación, son de resaltar: el plazo suspensivo y el extintivo. Y para finalizar tenemos las obligaciones de modo que consisten en destinar una parte de todo objeto de la asignación e un fin especial. %I Universidad de la Sabana %I Intellectum Repositorio Universidad de La Sabana %K Obligaciones naturales %K Obligaciones (Derecho) %T Investigación profesoral "Obligaciones sometidas a modalidad" %~ Intellectum