%0 Book Section %A Pulido Ortíz, Fabio Enrique %A Barreto Moreno, Antonio Alejandro %8 2019-04-22 %@ 978-958-35-1214-8 %U http://hdl.handle.net/10818/35512 %X Desde los primeros años de vigencia de la Constitución Política de 1991, la Corte Constitucional ha sostenido que los precedentes judiciales son vinculantes. Dicho tribunal ha defendido que, no solo sus precedentes son obligatorios, sino que también lo son los precedentes de los otros órganos de cierre, esto es, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado (Corte Const., sents. C-836 de 2001 y C-539 de 2011). En lo que tiene que ver específicamente con la ju­risdicción contencioso-administrativa, la obligatoriedad fue más allá del autorreferente jurisprudencia! y fue regulada en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) reconociendo la obligatoriedad al precedente judicial y creando el modelo de extensión. %I Universidad de La Sabana %K Antecedentes (Derecho) %K Tribunales administrativos -- Colombia %K Jurisprudencia -- Colombia %K Jueces -- Colombia %K Función judicial -- Colombia %K Recursos de casación -- Colombia %K Colombia -- Derecho administrativo -- Historia %T La regla del precedente en el derecho administrativo %~ Intellectum