%0 Journal Article %A Oviedo Albán, Jorge %8 2004 %U http://hdl.handle.net/10818/13409 %X Entre los efectos generados por la globalización económica en el derecho, está la conformación de un derecho sustancial uniforme, reflejado en con-venciones internacionales, la mayoría promovidas por la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) ; y el Instituto para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), así como el conjunto de reglas reco- piladas y promovidas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) con sede en París, entre otras. También se destacan los instrumentos de Soft Law o derecho no legislado, los cuales dependen en principio de la voluntad autónoma, criterio rector en la contratación internacional, que decida incorporarlos a los contratos, como es el caso de los Principios de UNIDROIT para los contratos comerciales internacionales. El auge del comercio internacional, ha ido acompañado de la aparición de figuras contractuales, tales como la franquicia; el joint venture; los contratos compensatorios o countertrade, entre otros, y además, el creciente tráfico internacional de bienes y servicios, ha requerido la consolidación de sistemas de solución de conflictos, básicamente en sede arbitral. %T Derecho Mercatil Internacional. El derecho uniforme de Rafael Illescas Ortiz y Pilar Perales Viscasillas %~ Intellectum