@misc{10818/22627, year = {2005}, month = {4}, url = {http://hdl.handle.net/10818/22627}, abstract = {El objeto y finalidad de esta acción es otorgarle a toda persona, natural o jurídica, e incluso a los servidores públicos, la posibi- lidad de acudir ante la autoridad judicial para exigir la realización o el cumplimiento del deber que surge de la ley o del acto administrativo y que es omitido por la autoridad, o el particular cuando asume este carácter. De esta manera, la referida acción se encamina a procurar la vigencia y efectividad material de las leyes y de los actos administrativos, lo cual conlleva la concreción de principios medulares del Estado social de derecho, que tiendan a asegurar la vigencia de un orden jurídico, social y económico justo. El autor presenta esta figura, comparada con la adoptada en 2004 dentro del Código Procesal Constitucional del Perú, cuyo objeto es ordenar que el funcionario o autoridad pública renuente dé cumplimiento a una norma legal o ejecute un acto administrativo firme; o se pronuncie expresamente cuando las normas legales le ordenan emitir una resolución administrativa o dictar un reglamento. }, publisher = {International law}, keywords = {Acción de cumplimiento}, keywords = {Ley}, keywords = {Acto administrativo}, keywords = {Injuction}, keywords = {Mandamus}, keywords = {Acción contra particulares}, keywords = {Caducidad}, keywords = {Competencia}, keywords = {Titularidad}, keywords = {Legitimación pasiva}, keywords = {Renuencia}, title = {La nueva acción de cumplimiento en Perú y su comparación con la colombiana}, author = {Olano García, Hernán Alejandro}, }